martes, 18 de noviembre de 2014
lunes, 17 de noviembre de 2014
Declaración Universal de los Derechos Humanos
¿Qué es la Declaración Universal de los Derechos Humanos?
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París; en ésta se recogen en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos. Artículo 1ro:
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2do:
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía.Artículo 3ro:
Artículo 4to:
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.Artículo 5to:
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
-Nayeli&Paulina
Declaración Universal de los Derechos Humanos (Artículos 1-5)
¿Qué es la Declaración Universal de los Derechos Humanos?
Artículo 1ro:
Todos los seres
humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de
razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2do:
Toda persona tiene
todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción
alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier
otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la
condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya
jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente,
como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a
cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3ro:
Todo individuo tiene
derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4to:
Nadie estará sometido
a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están
prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5to:
Nadie será sometido a
torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Ana Laura Ramírez Méndez-Jorge Alberto Villanueva Dzib
Bibliografía:
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